Me ha llegado carta certificada del juzgado, ¿qué puede ser?

¿Qué puede ser una carta certificada del juzgado?

Recibir una carta certificada del juzgado es algo que da cierto miedo o, como mínimo, inspira respeto. ¿Habré hecho algo malo? ¿Será una denuncia? ¿Tendré que ir a juicio? La cuestión es que a todos nos asaltan un montón de dudas cuando llega una comunicación de este tipo.

Si has recibido una carta del juzgado y te preguntas qué puede ser, aquí te explicamos las posibilidades antes de que tengas que abrirla o aceptarla. Te invitamos a seguir leyendo.

Carta certificada del juzgado por Correos, ¿qué puede ser?

Recibir una notificación del juzgado por Correos es algo totalmente normal y no tiene por qué ser algo negativo. Incluso si se trata de un procedimiento judicial, posiblemente nosotros no seamos los protagonistas, sino meros testigos de un hecho concreto (que tampoco tiene por qué ser un delito).

La mayoría de comunicaciones que vienen de un juzgado se pueden clasificar en alguna de las categorías que te vamos a desgranar a continuación:

Tipos de notificaciones del juzgado

Citación

Esto es, básicamente, cuando nos llaman para presentarnos ante el juez o ante algún funcionario judicial. Estos requerimientos son importantes y estás obligado a ir salvo por causa de fuerza mayor. No hacerlo puede llegar a tener consecuencias muy graves como te explicamos más abajo.

Emplazamiento

Este tipo de comunicación es muy parecida a la anterior. La única diferencia es que no te marcan un día y hora concretos para presentarte, sino que te dan un plazo límite para hacerlo o para realizar alguna gestión. Además, la acción a realizar puede ser opcional, por ejemplo, cuando te dan un plazo para responder a una demanda.

Mandamiento

Este tipo de comunicaciones suelen ir dedicadas a profesionales, por lo que es muy improbable que la recibas tú. Se trata de órdenes que el juez puede enviar a notarios, procuradores, registradores de la propiedad u otros agentes similares para que hagan algo. Por ejemplo, enviarle documentación sobre algún asunto que se esté juzgando.

Notificación simple

Si alguna vez recibes una carta del juzgado sin certificar, es muy posible que sea una comunicación de este tipo. Se trata de informaciones de acciones concretas dirigidas a las partes implicadas en algún asunto judicial, y en la mayor parte de los casos no requieren hacer nada.

Sentencia

Por supuesto, todo proceso judicial acaba en algún momento, y eso queda reflejado en una sentencia. Ésta debe comunicarse a las partes mediante procurador (si está personado en el juicio), mediante carta certificada y, si es imposible la localización del destinatario, mediante edicto público.

Sanción o multa

Bueno, esto no necesita mucha explicación, pero desde luego son algunas de las notificaciones del juzgado más indeseadas. Por ejemplo, no puede producirse un embargo judicial sin notificación previa.

Con estas sanciones no hablamos de simples multas de aparcamiento (esas te las envía la Policía Local), sino de cosas más serias, normalmente como consecuencia de una sentencia judicial.

Carta del juzgado sin certificar

Es muy raro que un juzgado emita alguna comunicación sin certificar, es decir, por correo ordinario. Esto es debido a que la Justicia necesita que sus notificaciones sean fehacientes.

Dicho de otro modo: el juzgado envía casi siempre notificaciones por carta certificada porque es la única manera efectiva de saber si el mensaje ha llegado a su destinatario. Además, es un método rastreable y comprobable a posteriori.

Aunque es extraño recibir una notificación del juzgado en el buzón, digamos que puede suceder, por ejemplo, si has rechazado previamente una carta certificada. Este podría ser el paso previo a la comunicación vía edicto.

Lo creas o no, no tienes manera de escapar a las notificaciones del juzgado. Puedes retrasar su funcionamiento, pero eso no te servirá de mucho. Incluso si no te localizan, finalmente harán pública su comunicación mediante un edicto local, o con la publicación en el BOE o en el boletín regional que corresponda.

Cuando se llega a ese extremo, se te da por notificado al 100%, lo hayas leído o no, y todos los derechos y obligaciones de esa acción seguirán su curso.

Diferencia entre carta y notificación del juzgado

No existen diferencias entre cartas y notificaciones del juzgado. Lo normal (lo que ocurre en el 95% de las ocasiones o más) es que el juzgado envíe sus notificaciones por correo certificado. El correo ordinario queda reservado para pequeñas informaciones que no requieren acción por parte del receptor y que no es imprescindible autentificar su recepción.

¿Qué pasa si no recojo una notificación del juzgado?

En vez de estar en casa calentándote la cabeza por qué puede ser una carta del juzgado, nosotros te recomendamos que la recojas y averigües de qué se trata.

Según el tipo de notificación, la acción a realizar será una u otra. También puede que no haya que hacer nada y simplemente sea una nota informativa de un procedimiento. Si tienes dudas al respecto, lo mejor que puedes hacer es hablar con un abogado.

Eso sí, si en la comunicación se te exige presentarte en el juzgado, acudir a un juicio o realizar alguna otra acción y no lo haces, habrá consecuencias por ley.

Por ejemplo, si se requiere tu presencia como testigo en un juicio y no vas, podría considerarse un delito de desobediencia a la autoridad. Esto iría acompañado de una multa de hasta 600 €.

Por otra parte, si te han emplazado para un juicio como demandado y no te presentas, dependiendo de la gravedad del asunto, se podría decretar incluso tu búsqueda y captura. Además, perderás toda posibilidad de defensa, lo cual casi siempre suele acabar mal.

Conclusiones

Es muy infrecuente recibir una carta del juzgado sin certificar. La inmensa mayoría llevan acuse de recibo porque es un método necesario de control de comunicaciones.

Si te ha llegado una carta certificada desde el juzgado, esperamos que ya tengas más claro qué puede ser. Lo mejor que puedes hacer, en vez de jugar a las adivinanzas, es recoger y abrir la carta. No hacerlo no va a evitar tus responsabilidades, sólo las va a retrasar.
Y no todo lo que venga del juzgado tiene por qué ser negativo. Piensa que podría ser peor: podría ser una notificación de la Agencia Tributaria. Esos sí que no han dado una buena noticia nunca a nadie.

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