¿Cómo se reparten los gastos de una herencia?
El proceso de heredar es uno de los trámites burocráticos más densos y complejos que existen en la ordenación civil española. Cuando sólo hay un único heredero universal, las cosas se simplifican bastante. Sin embargo, cuando existen dos o más personas con derecho a la herencia, la cosa puede complicarse hasta límites insospechados.
Por supuesto, todas esas dificultades tienen su reflejo no sólo en cómo se realiza el reparto de bienes, sino también en cómo se reparten los gastos de la herencia. Porque, sí, una herencia conlleva gastos para aburrir, y alguien va a tener que pagarlos. Si quieres saberlo todo sobre los gastos de heredar, sigue leyendo.
Reparto de gastos de una herencia
Allí donde haya un posible ingreso en tu cuenta corriente o una mejora de tu situación económica, siempre va a venir papá Estado a pedir lo suyo. No importa mucho que sobre un bien ya se hayan pagado impuestos varias veces (algo bastante habitual en una herencia): siempre hay más que pagar.
Cuando por fin se ha aclarado cómo se repartirá la herencia, lo siguiente que toca es pagar impuestos. Es una condición sine qua non para poder recibir lo que corresponde a cada heredero. Tanto es así, que si no se tiene capacidad económica para abonar los impuestos, se puede acabar perdiendo toda o buena parte de la herencia.
Además de lo anterior, el pago de impuestos debe ser anterior a la recepción de los bienes, lo cual lo complica todo mucho más. Sin embargo, dado que la división del patrimonio del fallecido no suele ser a partes iguales, es normal preguntarse cómo se reparten los gastos de una herencia.
Esta cuestión no es menor, pues puede dar lugar a problemas de herencia entre hermanos u otros parientes, y eso podría llevar a un bloqueo del proceso de reparto. Desgraciadamente, este tipo de cuestiones pueden llevar a perder muchísimo tiempo en el procedimiento, y algunos herederos pueden llegar a perjudicar los intereses de otros.
¿Cómo se pagan los gastos de una herencia?
Para poder heredar, las personas que se dividan los bienes y propiedades inmobiliarias del familiar fallecido han de pagar todo lo siguiente:
- Impuesto de Sucesiones
- Impuesto de Plusvalía municipal
- Tasas de Registro de la Propiedad Inmobiliaria
- Gastos de la obtención de certificados (defunción, últimas voluntades, seguros de vida, etc…)
- Gastos de notarías
Obviamente, cabe la opción de que un heredero renuncie a su parte de la herencia, en cuyo caso no tendrá que pagar nada, ya que heredar no es obligatorio. Ante esa circunstancia, puede designar un beneficiario de la parte que le correspondería. Si no nombra a nadie como receptor de su parte, el resto de herederos se la repartirán según corresponda a la ley.
¿Quién paga los gastos de una casa heredada?
Como ya hemos visto, hay mucho dinero que abonar antes de poder acceder a los bienes y el patrimonio heredado. Así las cosas, una de las claves del proceso es conocer cómo se reparten los gastos de la herencia. Es normal que sea ésta una cuestión preocupante, ya que el importe de los impuestos no es ninguna broma.
Pues bien, la realidad es que no existe ninguna norma en la legislación española que dicte cómo se debe hacer el reparto de costes de una herencia. Está claro que todos los participantes en el proceso tendrán su cuota de propiedad en las propiedades inmobiliarias que se les haya legado. Lo razonable sería que el conjunto de los gastos se repartieran en la misma proporción, pero esto no siempre sucede.
Al final, el tema de los gastos de una casa heredada se convierte en otro asunto más que los herederos deben acordar entre sí. Además, es importante que lo hagan, pues, de lo contrario, no se abonarían los impuestos y empezarían los problemas graves, ya que no se podría abrir el procedimiento de herencia.
¿Qué gastos de un piso comparten los herederos?
El coste de heredar varía según el valor de lo que se vaya a recibir y también del parentesco con el fallecido. No es lo mismo ser hijo que primo segundo.
En cuanto a las viviendas, uno de los impuestos que hay que liquidar es el del Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía. Esto debe pagarlo todo aquel que vaya a heredar una vivienda, y si son varias personas las que compartirán la propiedad de ésta, corresponde a todos ellos la obligación.
Dicho de otro modo, no es que cada uno deba pagarlo por separado, sino que hay que pagarlo una vez y todos ellos son responsables de hacerlo. La legislación no especifica quién debe abonar este impuesto si hay varios propietarios, así que el acuerdo entre los herederos se hace necesario.
Lo mismo ocurre con los gastos relativos a la inscripción en el Registro de la Propiedad. Cierto es que no es obligatorio registrar una propiedad heredada, pero sí muy conveniente, y mucho más si son varias personas las que van a compartir ese derecho.
De lo contrario, el número de problemas que pueden surgir de esa propiedad compartida son innumerables.
Sin embargo, el gran bocado en impuestos de una herencia se lo lleva el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (aunque el de la plusvalía también te puede dejar tiritando). Eso sí, en este caso se trata de un impuesto individual, que cada familiar tendrá que hacer frente en solitario para ejercer su derecho a heredar.
¿Quién paga los gastos de notaría en una herencia?
Como hemos visto, el proceso de heredar está plagado de costes y de puntos en que los herederos deberán ponerse de acuerdo. No extraña, por tanto, que muchas herencias se acaben convirtiendo en un proceso interminable.
Ahora que ya sabemos cómo se reparten los gastos de una herencia, también podemos hablar de quién paga los costes de la notaría en estos casos. Sin duda, no será un gasto tan abultado como el de las otras partidas, pero aún así puede ser un buen pellizco.
Bien, pues en principio, una notaría va a cobrar, simple y llanamente, a la persona que vaya a contratar sus servicios. Esa persona es la que, a priori, se responsabilizará del pago de la tramitación de la herencia, de la obtención de certificados o de cualquier otra gestión.
Lo más normal es que luego los herederos acuerden entre sí que se hagan facturas separadas para todos acordes a la parte proporcional de su herencia.
También hay que tener en cuenta que otros herederos podrían no estar de acuerdo con la elección de la notaría o con el importe a abonar. Sin embargo, si eso no se resuelve, el responsable último del pago a la notaría será el que solicitó los servicios de ésta inicialmente.
¿Desgravan los gastos de notaría y registro de una herencia?
Ya hemos visto que en el reparto de gastos de una herencia hay una ingente cantidad de impuestos y tasas que abonar. Resulta natural, por tanto, preguntarse si algunos gastos serán deducibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
La buena noticia es que está permitido a los herederos desgravarse costes como los gastos derivados de la enfermedad final del fallecido, su entierro y su funeral.
Es más, si después se produjeran litigios a raíz del reparto de la herencia, en principio también podrían desgravarse. Sin embargo, esto no aplica a los gastos normales de notaría y registro de una herencia.
Desgravar los gastos de notaría por herencia
Desgraciadamente, no es posible desgravar los gastos de los servicios del notario ni tampoco las tasas del Registro de la Propiedad en una herencia. Hacienda interpreta (de un modo un tanto extraño) que dichos gastos aumentan el valor de la vivienda y, por lo tanto, no son deducibles en la declaración de la renta.
Pese a ello, a la hora de calcular el pago del IRPF, tan sólo se valorará lo indicado en el Impuesto de Sucesiones, que no incluye los costes de notaría ni los del registro. Algo es algo.